
El Gobierno amplía el plazo para recuperar saldos a favor del ex Impuesto PAIS
Mediante una resolución oficial, se extendió el período para solicitar la devolución de percepciones excedentes, incluyendo ahora abril de 2025.
El Ejecutivo Nacional formalizó, a través de la Resolución General 5669/2025, una actualización en el mecanismo de reintegro de saldos favorables vinculados al ya extinto Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS). La disposición introduce ajustes en los plazos de presentación que los responsables del tributo deben considerar.
Con esta modificación, los agentes recaudadores podrán declarar montos pendientes no solo de diciembre de 2024 y del primer trimestre de 2025, sino también de abril del presente año.
"Por motivos de gestión impositiva, se considera pertinente prorrogar el período para que los sujetos obligados informen estos saldos correspondientes al ex Impuesto PAIS", señala el texto oficial. Cabe destacar que las retenciones aplicables a Ganancias y Bienes Personales no sufrieron alteraciones.
Contexto de la medida
La decisión surge tras el cese del Impuesto PAIS, vigente hasta el 22 de diciembre de 2024. Según explicaron fuentes de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) —sucesora de la AFIP—, este tributo, que gravaba con un 30% las transacciones en dólares con tarjeta, impactaba al momento de la compra de divisas para cancelar gastos. La normativa afectaba a unos 11 millones de usuarios que operaban en moneda extranjera.
Así, quienes adquirieron bienes o servicios en dólares antes de la eliminación del impuesto, pero cuyos vencimientos de resúmenes de crédito ocurrían después, quedaron exentos. En cambio, las operaciones con tarjeta de débito sí soportaban el cargo si se concretaban hasta la medianoche del 22 de diciembre.
Mecanismos de compensación
Para los agentes que retuvieron montos superiores y no podían imputarlos a futuras liquidaciones del tributo derogado, ARCA había implementado un régimen de compensación. Este permitía equilibrar esos excedentes con obligaciones del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios, bajo la Resolución General 5638/2025, que regulaba los cobros desde diciembre 2024 hasta marzo 2025.
Novedades en la declaración
Con la nueva resolución, el organismo reemplazó el Artículo 2° de la norma anterior, estableciendo:
"La declaración del saldo favorable del ex Impuesto PAIS mediante el formulario F.744 —correspondiente a diciembre 2024 y enero-abril 2025—, gestionado a través del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), habilitará su reintegro simplificado".
Procedimientos sin cambios
A pesar de la actualización, el Gobierno mantuvo los pasos para solicitar la devolución:
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Presentación del F.744 vía SICORE.
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Los porcentajes escalonados para el uso de saldos declarados no fueron modificados.
La resolución, rubricada por el director ejecutivo Juan Alberto Pazo, entró en vigor inmediatamente y amplía el plazo para que los agentes accedan a un trámite ágil. Con esta iniciativa, ARCA busca optimizar la gestión administrativa y garantizar el reconocimiento de los fondos derivados de un tributo ya suprimido.
Conclusión:
La medida refleja un esfuerzo por ordenar el proceso post-eliminación del Impuesto PAIS, beneficiando a contribuyentes y agentes con plazos más flexibles y procedimientos claros.