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El Gobierno Nacional redefine los subsidios de luz y gas y endurece los requisitos de acceso

Desde ahora solo habrá usuarios residenciales con subsidio o sin subsidio. El beneficio estará sujeto a una declaración jurada obligatoria y a un tope de ingresos equivalente a tres Canastas Básicas Totales.

El Gobierno Nacional redefine los subsidios de luz y gas y endurece los requisitos de acceso

Desde ahora solo habrá usuarios residenciales con subsidio o sin subsidio. El beneficio estará sujeto a una declaración jurada obligatoria y a un tope de ingresos equivalente a tres Canastas Básicas Totales.

El Gobierno nacional oficializó un nuevo esquema de subsidios energéticos que modifica de manera sustancial las condiciones para acceder a los beneficios en electricidad, gas natural, gas propano por redes y garrafas. La medida establece criterios unificados y reduce las categorías de usuarios residenciales a solo dos: con subsidio y sin subsidio.

Según lo dispuesto por el Ministerio de Economía, todos los hogares que pretendan mantener o solicitar el subsidio deberán completar una declaración jurada obligatoria, la cual deberá ser actualizada periódicamente. La falta de presentación o la detección de inconsistencias podrá derivar en la pérdida del beneficio.

Tope de ingresos y registro obligatorio

Para ingresar al régimen, los usuarios deberán acreditar ingresos netos totales iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) correspondientes a un Hogar Tipo 2. De acuerdo a los valores informados por el INDEC, ese umbral se ubica actualmente en torno a los $3.900.000.

Quienes cumplan con este requisito quedarán inscriptos en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF). También podrán acceder al beneficio aquellos hogares que cuenten con:

  • Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP)

  • Pensión Vitalicia para Veteranos de Guerra

  • Certificado Único de Discapacidad (CUD) de alguno de sus integrantes

Exclusiones por capacidad económica

Más allá del nivel de ingresos declarado, la normativa introduce criterios patrimoniales que pueden derivar en la exclusión automática del subsidio. Quedarán fuera del régimen los hogares en los que alguno de sus integrantes posea:

  • Al menos un automóvil con antigüedad igual o menor a tres años
    (excepto si hay un integrante con CUD)

  • Tres o más inmuebles

  • Embarcaciones de lujo

  • Aeronaves

  • Participación en sociedades o activos societarios

La detección de cualquiera de estos indicadores habilita a la autoridad de aplicación a rechazar la solicitud o retirar el subsidio, incluso si se cumple con el tope de ingresos establecido.

Control patrimonial y verificación territorial

El nuevo esquema se apoyará inicialmente en los datos del anterior sistema RASE, aunque la normativa faculta al Estado a utilizar indicadores de exteriorización patrimonial adicionales para evaluar la capacidad real de pago de los solicitantes.

Asimismo, el proceso de evaluación incluirá criterios de ubicación geográfica de la vivienda, que serán utilizados para contrastar la información declarada y verificar la situación socioeconómica de los hogares.

Los lineamientos fueron establecidos mediante la Disposición 2/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, publicada en el Boletín Oficial, y forman parte del proceso de reordenamiento del esquema de subsidios impulsado por el Gobierno.

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