
La Justicia Federal obliga al PAMI a restituir la cobertura total de medicamentos en Córdoba
Un fallo judicial ordena al organismo reintegrar el acceso gratuito a fármacos esenciales, anulando una resolución previa que había recortado el beneficio. La medida rige desde este jueves.
La Justicia Federal dispuso que el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) debe garantizar nuevamente la cobertura íntegra de medicamentos en la provincia de Córdoba. El fallo, emitido por el Juzgado Federal N°2 de Mendoza a cargo del magistrado Pablo Oscar Quirós, busca revertir los efectos de una normativa implementada en agosto de 2024 que había limitado el acceso gratuito a tratamientos indispensables para miles de afiliados.
La resolución judicial, que entró en vigencia este jueves según confirmaron fuentes del ámbito judicial, no solo declara la inconstitucionalidad de la medida adoptada por el PAMI, sino que también invalida cualquier disposición posterior que pudiera afectar el derecho a la salud de los beneficiarios. Aunque la obra social anunció que acatará la orden, adelantó que presentará un recurso extraordinario ante la Corte Suprema en busca de revisar lo resuelto.
El conflicto se originó a partir de un amparo colectivo impulsado por la Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos de Córdoba, respaldado por organizaciones como la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), la Asociación Civil de Familiares de Desaparecidos y la Unión Obrera Gráfica Cordobesa, entre otras. A ellos se sumaron varios afiliados al sistema de salud, así como el aporte técnico del especialista Oscar Atienza, cuyo testimonio resultó clave para sustentar la demanda.
El expediente, unificado con casos similares radicados en Salta, Tucumán y Mendoza, logró que la Justicia Federal extendiera su protección a todas las jurisdicciones involucradas. La sentencia no solo exige la reposición inmediata de los medicamentos sin costo para los afiliados, sino que también obliga al PAMI a difundir la medida de manera masiva a través de plataformas digitales. Además, impone al organismo y al Estado nacional la obligación de presentar, en un plazo perentorio de diez días, los argumentos que justificaron la eliminación del beneficio.
Esta decisión reaviva el debate sobre el alcance de las políticas sanitarias y refuerza el rol del Poder Judicial como garante de derechos fundamentales. Mientras las autoridades ajustan su cumplimiento, organizaciones sociales celebran el fallo como un triunfo en la defensa de la salud pública. Sin embargo, el eventual recurso ante la Corte Suprema podría reabrir la controversia en los próximos meses.