PROVINCIALES Escuchar artículo

La Justicia Federal ordenó a Camuzzi no cortar el gas a una familia vulnerable de Tolhuin

El Juzgado Federal de Río Grande hizo lugar a una medida cautelar promovida por la Defensoría Pública Federal y estableció que en Tierra del Fuego el cobro de una deuda no puede ejecutarse interrumpiendo un servicio esencial cuando eso pone en riesgo derechos fundamentales de personas vulnerables.

La Justicia Federal ordenó a Camuzzi no cortar el gas a una familia vulnerable de Tolhuin

El Juzgado Federal de Río Grande hizo lugar a una medida cautelar promovida por la Defensoría Pública Federal y estableció que en Tierra del Fuego el cobro de una deuda no puede ejecutarse interrumpiendo un servicio esencial cuando eso pone en riesgo derechos fundamentales de personas vulnerables.

El Juzgado Federal de Río Grande ordenó a Camuzzi Gas del Sur mantener el suministro de gas natural en una vivienda de Tolhuin y le prohibió suspenderlo por falta de pago hasta que se dicte sentencia definitiva en el proceso principal. Si el servicio ya estaba interrumpido, la empresa debía restablecerlo dentro de las 24 horas posteriores a la notificación, bajo apercibimiento de sanciones económicas y eventual intervención de la Justicia penal.

La decisión fue adoptada al hacer lugar a una medida cautelar autónoma promovida por la Defensoría Pública Federal, ante la amenaza concreta de un nuevo corte de suministro.

El caso: dos adultos mayores con enfermedades crónicas y una deuda de $448.000

La resolución tuvo especialmente en cuenta la situación del grupo familiar: dos personas mayores de 65 años con enfermedades crónicas, gastos elevados en medicamentos y capacidad económica insuficiente para cancelar en apenas 48 horas una deuda superior a los $448.000.

El tribunal también cuestionó la accesibilidad real de los canales de atención de Camuzzi: en Tolhuin, la atención presencial se brinda solo un día por semana, mientras que los mecanismos digitales y telefónicos resultaban de difícil utilización para los usuarios involucrados. Por esa razón, la imposibilidad de acceder a un nuevo acuerdo de pago no podía interpretarse como una negativa deliberada a regularizar la deuda.

El contexto climático como factor determinante

El pronóstico contemplado en el expediente anticipaba temperaturas mínimas de hasta -10°C en Tolhuin, con máximas que no superarían los 0°C. En esas condiciones, la jueza sostuvo que la falta de gas generaba un riesgo inmediato para la salud y la integridad física de los ocupantes.

El fallo reconoció que el gas natural posee en Tierra del Fuego una importancia distinta de la que puede tener en regiones de clima más benigno: durante el invierno no constituye solamente un servicio domiciliario, sino un recurso indispensable para garantizar calefacción, habitabilidad y protección frente a temperaturas extremas.

Lo que la resolución establece y lo que no

El pronunciamiento no declaró inexistente la deuda ni liberó a la usuaria de su obligación de pago. La jueza aclaró que Camuzzi conserva el derecho de reclamar las sumas adeudadas por las vías legales correspondientes. Lo que la empresa no puede utilizar, mientras continúen las circunstancias evaluadas, es el corte del gas como instrumento de cobro.

La decisión incorpora además el principio de asequibilidad, respaldado por estándares internacionales y jurisprudencia de la Corte Suprema: el costo de los servicios esenciales y los mecanismos de recuperación de deudas no pueden obligar a una familia a elegir entre calefaccionarse, adquirir medicamentos o satisfacer otras necesidades básicas.

Aunque la resolución es provisoria, establece un criterio significativo: en Tierra del Fuego, el cobro de una deuda no puede ejecutarse mediante la interrupción de un servicio esencial cuando esa decisión pone en riesgo derechos fundamentales de personas vulnerables.

Comentarios
Volver arriba