
La Legislatura deberá ratificar anticipo de coparticipación por hasta $20.000 millones
El Gobierno de Tierra del Fuego remitió a la Legislatura provincial el convenio firmado con la Secretaría de Hacienda de la Nación que habilita un anticipo de coparticipación por hasta $20.000 millones durante el mes de enero. El acuerdo ya se encuentra vigente desde su firma, pero su validez definitiva queda supeditada a la ratificación legislativa, conforme lo establece la Constitución provincial.
El convenio fue suscripto el pasado 30 de diciembre y permite a la Provincia acceder a recursos financieros de corto plazo, con la condición de que el monto adelantado sea reintegrado dentro del mismo mes, mediante retenciones diarias sobre la coparticipación federal.
La operatoria se encuadra en el artículo 124 de la Ley 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto, que faculta al Ministerio de Economía de la Nación a otorgar anticipos financieros a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con devolución automática dentro del mes de otorgamiento.
De acuerdo al detalle del acuerdo, el desembolso podrá realizarse en enero de 2026 por un monto máximo de $20.000 millones, mientras que la tasa de interés aplicable será la TAMAR en pesos de bancos privados, publicada por el Banco Central de la República Argentina, vigente al momento de cada desembolso.
La devolución del capital se efectuará en forma diaria, a partir de la fecha que determine la Secretaría de Hacienda, teniendo en cuenta la capacidad de repago de la Provincia y su participación en el régimen de coparticipación establecido por la Ley 23.548 y sus normas complementarias.
En cuanto a los intereses, el convenio establece que se calcularán diariamente sobre el saldo de la deuda y serán cancelados mediante retenciones sobre los impuestos coparticipados, una vez finalizada la devolución del capital. Asimismo, se recuerda que la Secretaría de Hacienda cuenta con facultades para afectar automáticamente la coparticipación de aquellas jurisdicciones que mantengan deudas con el Tesoro Nacional, en el marco de la Ley 11.672 y de la Ley de Administración Financiera 24.156.
Si bien el acuerdo rige desde la fecha de su firma, el texto deja expresamente asentado que su plena vigencia queda condicionada a la ratificación provincial. En ese sentido, el Poder Ejecutivo asumió el compromiso de gestionar de manera inmediata el trámite correspondiente.
Con la firma del Decreto 02/26, el Ejecutivo dio cumplimiento al requisito formal de remitir las actuaciones a la Legislatura. No obstante, la ratificación legislativa quedará pendiente de definición hasta el inicio del período de sesiones ordinarias del presente año.