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Reforma constitucional en Tierra del Fuego: son 70 los artículos que se modificarán

La ley 1529 establece con precisión los artículos que serán alcanzados por la reforma. Se incluyen temas clave como la capital provincial, derechos sociales, medio ambiente, educación, salud, sistema previsional y funcionamiento del Estado.

Reforma constitucional en Tierra del Fuego: son 70 los artículos que se modificarán

La ley 1529 establece con precisión los artículos que serán alcanzados por la reforma. Se incluyen temas clave como la capital provincial, derechos sociales, medio ambiente, educación, salud, sistema previsional y funcionamiento del Estado.

La Legislatura de Tierra del Fuego aprobó la ley 1529, que establece que serán exactamente 70 los artículos de la Constitución provincial que se modificarán. El listado completo figura en el artículo segundo de la norma, y abarca temas sensibles del sistema institucional, social y ambiental fueguino.

Uno de los puntos más resonantes es la posible modificación del artículo que fija a Ushuaia como capital de la provincia, lo que deja abierta la puerta a un eventual traslado del centro administrativo a otra ciudad.

También se prevé la revisión de artículos fundamentales como el 13, que consagra garantías constitucionales; el 16, que reconoce los derechos sociales de los trabajadores; el 25, que establece el derecho a un ambiente sano; y el 53, vinculado al derecho a la salud.

Entre los aspectos ambientales, se contempla cambiar los artículos 54 y 55, que protegen la Isla de los Estados y otras zonas como patrimonio ecológico, y que prohíben expresamente la instalación de centrales nucleares y el ingreso de residuos radiactivos.

El artículo 51, que establece la intangibilidad del patrimonio de las cajas previsionales y prohíbe las jubilaciones de privilegio, también será revisado, al igual que el 69, que garantiza el envío de fondos de coparticipación a los municipios.

Asimismo, se incluirán cambios en el régimen educativo, el manejo del Tesoro Provincial, el endeudamiento del Estado (artículos 70 y 71), la política de contrataciones públicas y el control del gasto, incluyendo la prohibición de gastos reservados.

La reforma toca temas estructurales del Poder Legislativo, como el número de legisladores, reelección indefinida, quórum y atribuciones de la Cámara, además de las funciones del gobernador y la composición del Consejo de la Magistratura.

También alcanza a los órganos de control (Fiscalía de Estado, Tribunal de Cuentas, Contaduría y Tesorería General) y a temas municipales, responsabilidades de funcionarios, declaraciones juradas y hasta el sistema electoral.

En total, los artículos afectados son: 1, 2, 3, 5, 11, 13, 16, 17, 25, 51, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 64, 65, 67, 69, 70, 71, 73, 81, 82, 89, 90, 92, 98, 105, 135, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 169, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182, 183, 184, 185, 186, 187, 188, 189, 190, 201, 202, 203, 204, 205, 206 y 210.

La reforma constitucional será una de las discusiones más importantes de los próximos meses en la vida política de Tierra del Fuego.

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