
Cuando la libertad comercial choca con la conservación: fuerte polémica por la nueva normativa
La Resolución 62/2025 genera rechazo en sectores ambientales que advierten por el impacto ecológico y la posible mercantilización de los Parques Nacionales.
La entrada en vigencia de la Resolución 62/2025 de la Administración de Parques Nacionales abrió un intenso debate sobre el futuro de los ecosistemas protegidos en Argentina. La normativa permite que cualquier prestador turístico pueda solicitar permisos digitales para operar actividades dentro de los parques, sin licitaciones tradicionales ni evaluaciones técnicas extensas. El Gobierno afirma que busca eliminar privilegios comerciales y facilitar el acceso, pero especialistas cuestionan que esta desregulación puede poner en riesgo los ecosistemas.
Uno de los puntos más controvertidos es la eliminación de la obligatoriedad de presentar estudios de impacto ambiental para actividades consideradas de bajo impacto, así como el hecho de que ya no será obligatorio contar con guías habilitados, salvo en actividades clasificadas como de alto riesgo. Además, la instalación de infraestructura efímera queda automáticamente autorizada con documentación mínima.
Desde sectores especializados en conservación advierten que los Parques Nacionales fueron creados para preservar los recursos naturales, no para transformarlos en un espacio de desarrollo comercial sin controles adecuados. “Abrir los parques a la competencia empresarial sin mecanismos de planificación ni monitoreo ambiental representa un riesgo tangible para la biodiversidad”, expresaron referentes de organizaciones ambientales. Señalan que incluso actividades pequeñas pueden alterar zonas de turberas, humedales, bosques o reservas de fauna, especialmente si se incrementa el flujo de turismo sin criterios científicos.
En los mensajes oficiales que acompañaron la resolución, se argumenta que “conservar no es no usar, es cuidar” y se invita a prestadores turísticos a “animarse a competir frente a actividades que hoy operan como monopolios”. Para los ambientalistas, este enfoque privilegia la lógica económica por sobre la conservación. “Los parques no son mercancía, son patrimonio colectivo”, señalaron.
El Parque Nacional Tierra del Fuego, donde se encuentra Bahía Lapataia, es uno de los ejemplos locales mencionados por expertos. Se trata de un ecosistema de alta fragilidad ecológica, caracterizado por bosques subantárticos, turberas y especies endémicas. La circulación excesiva, el desarrollo de propuestas de turismo sobre áreas naturales o la falta de regulación técnica podrían generar daños irreversibles. Especialistas locales destacan que “lo que se pretende mostrar para atraer visitantes puede perderse si no hay criterios de conservación científica”.
La medida profundiza la discusión sobre el equilibrio entre acceso público, desarrollo económico y preservación. Mientras la Resolución 62/2025 plantea ampliar la oferta de turismo y reducir costos, no existen garantías suficientes de que estos cambios no afecten negativamente las áreas protegidas. El desafío será determinar si la desregulación contribuirá a democratizar el turismo o si, por el contrario, comprometerá los principios fundacionales de los Parques Nacionales.
Los próximos meses serán clave: la implementación práctica de la normativa deberá compatibilizarse con la Ley de Parques Nacionales y los estándares de conservación vigentes en los ecosistemas protegidos. La pregunta de fondo sigue abierta: ¿se pueden promover nuevas experiencias turísticas sin alterar la integridad ambiental de los territorios protegidos, desde Bahía Lapataia hasta el resto de las áreas naturales del país?